A partir del 1 de abril de 2026, entran en vigor las disposiciones previamente divulgadas referentes a la “Revisión del cumplimiento de los regímenes y trámites aduaneros en operaciones de exportación y reexportación” en su primera fase para las declaraciones aduaneras aplicables a la Zona Libre de Colón.
Como parte de esta implementación, se establece que, al momento de la salida de mercancías del territorio de la República de Panamá, será obligatoria la presentación de la Declaración de Exportación o Reexportación, según corresponda.
La Declaración de Reexportación deberá ser presentada cuando mercancía extranjera bajo control aduanero salga del país sin haberse sometido a despacho definitivo. Este procedimiento permite garantizar la trazabilidad de la carga, formalizar su salida del territorio nacional y registrar la operación en el sistema informático aduanero, en cumplimiento con los requisitos establecidos.
Esta medida, desarrollada de manera coordinada desde el año 2025, ha incluido reuniones periódicas con todos los sectores involucrados, fases de prueba del sistema y la realización de cuatro jornadas de capacitación, que han contado con la participación de aproximadamente 1,750 usuarios, bajo la supervisión conjunta de los equipos informáticos de la Autoridad Nacional de Aduanas y la Zona Libre de Colón.
La Autoridad Nacional de Aduanas recuerda a todos los usuarios del comercio exterior que toda carga destinada a exportación o reexportación ya sea proveniente de depósitos aduaneros o zonas francas, deberá cumplir estrictamente con las disposiciones aduaneras vigentes.