Cigarrillos y potenciadores sexuales son retenidos por la DPFA

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Más de 120 cartones de cigarrillos de la marca RAP dejadas en abandono, fueron incautados por inspectores de la Dirección de Prevención y Fiscalización Aduanera la madrugada de este 24 de diciembre, cerca al área del mercado del Terraplén.

La diligencia se dio durante un patrullaje de prevención que desarrollaban los inspectores, quienes vieron a lo lejos a unos ciudadanos que tenían en su poder unas cajas de manera sospechosa, pero al ver la presencia de los aduaneros dejaron toda la mercancía en abandono.

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En otro hecho registrado en el área de carga del Aeropuerto Internacional de Tocumen, a través de un monitoreo del sistema informático, se analizó un manifiesto que causó suspicacia por lo que se procedió a verificar la carga físicamente, detectando que la guía aérea reflejaba en su descripción productos naturales como: suplementos dietéticos, energizantes powers x, pero al revisar físicamente la carga se detectaron potenciadores sexuales.

Ante este hallazgo se coordinó con la Oficina de AUPSA y luego de un análisis se determinó la retención de la mercancía completa que consta de tres (3) bultos, ya que el producto pretendía ingresar al país con número de registro que no corresponde a los registros que mantiene el órgano anuente.

Gabinete aprueba nuevas disposiciones aduaneras para Hub Humanitario

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El Consejo de Gabinete aprobó modificaciones al Decreto de Gabinete No. 12 de 2016 que dicta disposiciones relacionadas con las mercancías sujetas al régimen de Envíos de Socorro o Ayuda Humanitaria, donde se establece un periodo hasta por un plazo de seis meses para las mercancías bajo el régimen de importación temporal con reexportación en el mismo estado.


La nueva modificación aprobada y contenida en el Decreto de Gabinete No. 36, de 23 de diciembre de 2019, establece que las mercancías que ingresen al territorio nacional bajo el régimen de Envíos de Socorro o de Ayuda Humanitaria no causarán abandono por su permanencia en el territorio aduanero de la República de Panamá.


Se exceptúan las mercancías aptas para el consumo humano y aquellas que por cese de operaciones del depósito deban retirarse y/o aquellas que tengan un término específico de vencimiento. Estas mercancías estarán exentas del pago de formulario de Control de Mercancías no Nacionalizadas, cuyo costo es de 3 balboas, así como el pago de 10 balboas por el uso de precintos aduaneros.


Cabe destacar que son funciones del Consejo de Gabinete fijar y modificar los aranceles, tasas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas, con sujeción  a las leyes a que se refiere el numeral 11 del artículo 159 del texto Constitucional.

Más de 200 colaboradores se gradúan

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El pasado sábado 21 de diciembre, más de 200 colaboradores recibieron su diploma de finalización de curso de los diplomados en comercio internacional y administración aduanera, diplomado en etiqueta y protocolo social, empresarial y de Estado, Diplomado en Excel, seminario en auditoría forense, seminario en contabilidad para no contadores y seminario en calidad de atención con énfasis en inteligencia emocional que fue dictado en la Universidad Latina.

 

Este acto contó con la participación de la Directora General, Tayra Ivonne Barsallo, el Jefe Institucional de Recursos Humanos, Nicks García, la Rectora de esta alta casa de estudios, Mirna de Crespo y Olmedo Estrada, Decano de la Facultad de Negocios.

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Durante el acto la Lcda. Barsallo felicitó a todos los graduandos por el logro alcanzado y los instó a ser parte de esa  generación de aduaneros que tendrá la tarea de realizar los cambios, de mejorar los procesos y motivar a sus compañeros a que se actualicen y se adapten a las nuevas reglas del juego que nos impone el comercio mundial y los avances tecnológicos, participando en la seguridad nacional y fomentando el desarrollo sostenible del país.

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Gabinete aprueba modificación del arancel nacional sobre el impuesto selectivo a las bebidas azucaradas

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El Consejo de Gabinete aprobó el Decreto N°37 que modifica el arancel nacional de importación, como parte de las recomendaciones contempladas en el Plan de Acción para la Mejora de la Salud que ha colocado el impuesto selectivo a las bebidas azucaradas para promover un estilo de vida saludable, el cual empezará a regir a partir del 1 de enero de 2020.


Mediante el artículo 9 de la ley 114 de 2019, se modificó el artículo 9 de la ley 45 de 1995, instituyendo que el impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas será de 7% para las bebidas gaseosas; 5% para el resto de las bebidas azucaradas, ya sean de producción nacional o importadas, y de 10% para los jarabes, siropes y concentrados para la producción de bebidas azucaradas. La tarifa del impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas del 7%, también será aplicada sobre la partida arancelaria 22.02.


En esta modificación también se establece que estarán exentos del impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas los alimentos bebibles a base de lácteos, granos o cereales, los néctares, jugos de frutas, vegetales con concentrados naturales de frutas y sus concentrados y aquellos productos en general cuyo gramaje sea inferior a 7.5 gramos de azúcar por cada 100 ml. de bebidas azucaradas.


El anuncio lo hizo el Vicepresidente de la República, Gabriel Carrizo, en conferencia de prensa luego de la sesión del Consejo de Gabinete en el que también participó por Aduanas el Subdirector General Técnico, Rodolfo Samuda.


Es importante resaltar que para dar cumplimiento a la disposición legal se impone modificar la estructura del arancel nacional de importación a 12 dígitos, de manera que el nuevo texto refleje los productos exentos del impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas y los productos que resultan gravados de conformidad a la ley, ya que ambos se clasifican en la partida arancelaria 22.02.

Destruyen mil 350 pacas de cigarrillo de contrabando en Azuero

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La Autoridad Nacional de Aduanas, de la Zona Central y Azuero, había puesto a órdenes del Ministerio Público un contenedor con 1,350 pacas de cigarrillos de contrabando, que datan de hace un año para realizar las investigaciones pertinentes, debido a que su valor ascendía a más de B/.500,000.00.


Hoy mediante un Juez de Garantías de la provincia de Coclé, se logró disponer de este cargamento para su destrucción total, luego del debido proceso y basándose en lo establecido en el artículo 255 del Código Procesal Penal.

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